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La búsqueda de la justicia, particularmente para los sectores excluidos, es uno de los principios fundamentales de la Casa Campesina. El accionar del Área de Justicia Comunal, tiene como enfoque de trabajo el pluralismo jurídico, partimos del entendimiento que la administración de la justicia no puede ser exclusividad del Estado. Por lo tanto existe la necesidad de reconocer la existencia y vigencia de otros sistemas jurídicos al interior de nuestro país.
Uno de estos sistemas es el de las comunidades campesinas y nativas, quienes aplican el derecho consuetudinario para resolver los conflictos que se presentan al interior de sus territorios. Este sistema es conocido como Justicia Comunitaria o Justicia Comunal, y se da a través de diversas instancias como las Directivas Comunales, las Asambleas Comunales, las Rondas Campesinas, las Defensorías Comunitarias, los Jueces de Paz, entre otros.
Esta justicia comunal está reconocida formalmente desde el año 1993 por la Constitución Política del Estado en su artículo 149 y en el Convenio 169 de la OIT, suscrito por el Gobierno Peruano.
Las actividades del área están orientadas a fortalecer la justicia comunal en las regiones de Cusco y Apurímac, para lograr su aplicación y respeto tanto de parte de los campesinos como del Estado. Para este fin se desarrollan las líneas de asesoría, capacitación, investigación e incidencia. Nuestros interlocutores son organizaciones que aplican el derecho consuetudinario, principalmente, las Comunidades Campesinas y dentro de ellas las Rondas Campesinas que tienen el carácter de comités especializados que trabajan por la resolución de conflictos al interior de las Comunidades. Asimismo, trabajamos con las defensorías comunitarias en la prevención del abuso contra los derechos de la mujer y de los niños y niñas.
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